Micelio

Artículo 3

La Dirección Del Ministerio Corresponde Al Ministro, Quien La Ejercerá Con La Inmediata Colaboración Del Viceministro Y Del Secretario General

Decreto 2870 de 1968 · por el cual se reorganiza el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° La Dirección del Ministerio corresponde al Ministro, quien la ejercerá con la inmediata colaboración del Viceministro y del Secretario General. El Ministro será la primera autoridad técnica y administrativa en el ramo de Hacienda y Crédito Público. El Viceministro y el Secretario General serán funcionarios de libre nombramiento y remoción del Presidente de la República, y desempeñarán las funcions (sic) que adelante se señalan.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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