Micelio

Artículo 3

El Gobierno Nacional Adoptará Mediante Decretos Legislativos, Además De Las Medidas Anunciadas En La Parte Considerativa De Este Decreto, Todas Aquellas Medidas Adicionales Necesarias Para Conjurar La Crisis E Impedir La Extensión De Sus Efectos, Así Mismo Dispondrá De Las Operaciones Presupuéstales Necesarias Para Llevarlas A Cabo

Decreto 637 de 2020 · Por el cual se declara un Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en todo el territorio Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gobierno nacional adoptará mediante decretos legislativos, además de las medidas anunciadas en la parte considerativa de este decreto, todas aquellas medidas adicionales necesarias para conjurar la crisis e impedir la extensión de sus efectos, así mismo dispondrá de las operaciones presupuéstales necesarias para llevarlas a cabo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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