Micelio

Artículo 5

El Gobierno Queda Facultado Para Incorporar Por Decreto En El Presupuesto Nacional Los Recursos Provenientes Del Impuesto Y Para Hacer Los Trasladosa A Favor Del Fondo De Las Partidas Del Presupuesto Destinadas A Carreteras, Puentes Y Caminos Vecinales

Decreto 3083 de 1966 · por el cual se establece el impuesto a la gasolina y al ACPM, se crea el Fondo Vial Nacional y se dictan otras medidas complementarias.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El Gobierno queda facultado para incorporar por decreto en el Presupuesto nacional los recursos provenientes del impuesto y para hacer los trasladosa a favor del Fondo de las partidas del Presupuesto destinadas a carreteras, puentes y caminos vecinales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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