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Artículo 22

Para La Determinación Del Valor Comercial De Los Inmuebles Se Deberán Tener En Cuenta Por Lo Menos Las Siguientes Características: A

Decreto 1420 de 1998 · por el cual se reglamentan parcialmente el artículo 37 de la Ley 9ª de 1989, el artículo 27 del Decreto-ley 2150 de 1995, los artículos 56, 61, 62, 67, 75, 76, 77, 80, 82, 84 y 87 de la Ley 388 de 1997 y, el artículo 11 del Decreto-ley 151 de 1998, que hacen referencia al tema de avalúos.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para la determinación del valor comercial de los inmuebles se deberán tener en cuenta por lo menos las siguientes características: A. Para el terreno

1.

Aspectos físicos tales como área, ubicación, topografía y forma.

2.

Clases de suelo: urbano, rural, de expansión urbana, suburbano y de protección.

3.

Las normas urbanísticas vigentes para la zona o el predio.

4.

Tipo de construcciones en la zona.

5.

La dotación de redes primarias, secundarias y acometidas de servicios públicos domiciliarios, así como la infraestructura vial y servicio de transporte.

6.

En zonas rurales, además de las anteriores características deberá tenerse en cuenta las agrológicas del suelo y las aguas.

7.

La estratificación socioeconómica del inmueble. B. Para las construcciones: 1. El área de construcciones existentes autorizadas legalmente. 2. Los elementos constructivos empleados en su estructura y acabados. 3. Las obras adicionales o complementarias existentes. 4. La edad de los materiales. 5. El estado de conservación física. 6. La vida útil económica y técnica remanente. 7. La funcionalidad del inmueble para lo cual fue construido.

8.

Para bienes sujetos a propiedad horizontal, las características de las áreas comunes. C. Para los cultivos: 1. La variedad. 2. La densidad del cultivo. 3. La vida remanente en concordancia con el ciclo vegetativo del mismo. 4. El estado fitosanitario. 5. La productividad del cultivo, asociada a las condiciones climáticas donde se encuentre localizado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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