° Reconócense los siguientes sueldos al personal que prestó sus servicios en el ferrocarril del Carare, sección Tunja-Vélez, durante el mes de febrero último: Jorge Borda Aza, Ingeniero de división $ 400 Luis A. Calderón, Jefe de talleres 250 Numa P. Camacho, Cajero 162 José Antonio de la Torre, Ayudante de construcción 300 Pablo Isaza V. Dibujante 180 Guillermo Pierantoni, Ayudante de trazados 250 Darío Rivera, Ayudante de trazados 280 Pedro M. Russi, Ayudante de trazados 280 P. Merchán, Ayudante de trazados 250 Eliecer Espinel, Médico Jefe 300 E. Moreno, Dibujante 180 Gustavo Cardoso, Ingeniero de trazados 400 Walter C. Frehse, Ingeniero de trazados 400 Edelberto Gómez, Ayudante de trazados 350 Los sueldos anteriores se pagarán por el Cajero de la Empresa, con los fondos pertenecientes a la misma, mediante la presentación de las nóminas correspondientes, visadas por el Interventor.
Decreto 362 de 1930 →Vigente
Artículo 1
Reconócense Los Siguientes Sueldos Al Personal Que Prestó Sus Servicios En El Ferrocarril Del Carare, Sección Tunja-Vélez, Durante El Mes De Febrero Último: Jorge Borda Aza, Ingeniero De División $ 400 Luis A
Decreto 362 de 1930 · Por el cual se dictan varias disposiciones relacionadas con el ferrocarril del Carare, sección Tunja - Vélez
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.