Micelio

Artículo 129

Los Agentes Consulares De La República, Previa Autorización Del Ministerio De Relaciones Exteriores, Podrán Expedir Visa Temporal Visitante Entrevista Por Un Término De Cuarenta Y Cinco (45) Días Improrrogables, Al Extranjero Que Pretenda Ingresar Al País Para Intervenir En Un Proceso De Selección De Personal Para Entidades Debidamente Establecidas En Colombia

Decreto 2371 de 1996 · Por el cual se dictan disposiciones sobre expedición de visas, control de extranjeros y se dictan otras disposiciones en materia de inmigración.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los agentes consulares de la República, previa autorización del Ministerio de Relaciones Exteriores, podrán expedir Visa Temporal Visitante Entrevista por un término de cuarenta y cinco (45) días improrrogables, al extranjero que pretenda ingresar al país para intervenir en un proceso de selección de personal para entidades debidamente establecidas en Colombia. En este caso el solicitante, además, deberá presentar

1.

Carta de invitación de la entidad correspondiente en la que se hace responsable del extranjero durante su permanencia en el país y de su salida en el caso de que no sea seleccionado.

2.

Certificado de. existencia y representación legal de la entidad correspondiente. La entidad, para efectos de la solicitud de visa, deberá presentar ante el Ministerio de Relaciones Exteriores una garantía constituida a favor del Departamento Administrativo de Seguridad, DAS, que ampare todos los gastos de regreso al país de origen o al último lugar de residencia del extranjero al término del proceso de selección, si éste no fuera contratado, o cuando proceda la cancelación de la visa, deportación o expulsión, la cual podrá consistir en fianza, depósito bancario o póliza de cumplimiento, de conformidad con la reglamentación que para tal efecto expida el Departamento Administrativo de Seguridad, DAS. La empresa entrevistante deberá informar, de manera inmediata, a la División de Visas del Ministerio de Relaciones Exteriores, si el extranjero no fue seleccionado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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