° Para la mensura, demarcación y adjudicación de las tierras que por esta Ley se ceden, el Municipio favorecido procederá de conformidad con lo que sobre la materia prescriben el Código Fiscal y demás disposiciones vigentes.
Ley 19 de 1915 →Vigente
Artículo 3
Ley 19 de 1915 · por la cual se ceden veinte mil (20.000) hectáreas de tierras baldías al Municipio de Urrao, en el Departamento de Antioquia, con destino al fomento de la instrucción pública y de las vías de comunicación
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.