Para perpetuar su memoria se erigirá un busto del doctor Zamarra en la plazuela de La Glorieta de la ciudad de Antioquia y se colocará en el salón del Cabildo de la misma un retrato al óleo.
Ley 79 de 1936 →Vigente
Artículo 2
Ley 79 de 1936 · por la cual se honra la memoria del Doctor Juan Esteban Zamarra
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.