Micelio

Artículo 13

Dirección De Políticas De Control Interno Estatal Y Racionalización De Trámites

Decreto 1677 de 2000 · por el cual se reestructura el Departamento Administrativo de la Función Pública.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Dirección de Políticas de Control Interno Estatal y Racionalización de Trámites .Son funciones de la Dirección de Políticas de Control Interno Estatal y Racionalización de Trámites, las siguientes

1.

Diseñar las políticas generales de Control Interno, en busca de la eficiencia, la eficacia, y transparencia de la Gestión Pública.

2.

Ejercer la Secretaría Técnica del Consejo Asesor del Gobierno Nacional en materia de Control Interno.

3.

Prestar apoyo a las actividades del Consejo Asesor del Gobierno Nacional en materia de Control Interno, en las decisiones que determine el Gobierno Nacional.

4.

Diseñar y proponer metodologías e instrumentos que fortalezcan y faciliten el desarrollo y evaluación de los Sistemas de Control Interno de las entidades del Estado del orden nacional y territorial.

5.

Establecer los métodos, medios y formas de divulgación y capacitación en materia de Control Interno, en coordinación con las entidades y organismos competentes para tal caso.

6.

Realizar en forma selectiva el monitoreo de los Sistemas de Control Interno de las entidades del Estado y formular las recomendaciones pertinentes.

7.

Analizar y conceptuar para la Presidencia de la República sobre la idoneidad y conveniencia técnica de los nombramientos, rotación y remoción de los jefes de Control Interno de la Rama Ejecutiva del poder público, de acuerdo con la reglamentación establecida por el Gobierno Nacional.

8.

Orientar y regular el accionar de las Oficinas de Control Interno o de quienes hagan sus veces en las entidades del orden nacional y territorial.

9.

Participar en la orientación de los programas y acciones gubernamentales orientados a fomentar la transparencia y moralidad de gestión pública, a incorporar en el quehacer administrativo los principios de ética, la racionalización de trámites y la lucha contra la corrupción.

10.

Asesorar a las entidades públicas del orden nacional y territorial en el diseño e implantación del Sistema de Control Interno Institucional, así como implementación de acciones de moralización y racionalización de trámites.

11.

Asesorar y apoyar al desarrollo de las actividades del Comité Interinstitucional de Control Interno.

12.

Formular y orientar políticas sobre racionalización de trámites, métodos y procedimientos de trabajo.

13.

Asesorar y apoyar a las entidades de la administración pública en la implementación de la política de racionalización para que se elaboren los diagnósticos que permitan la simplificación, reforma o supresión de los trámites y procedimientos considerados innecesarios.

14.

Orientar acciones que permitan la elaboración y actualización permanente de las Guías General de Información Ciudadana sobre trámites y la correspondiente a cada sector en particular.

15.

Fomentar la ejecución de acciones permanentes dentro de las entidades, dirigidas a evitar la creación de trámites o exigencias administrativas injustificadas o innecesarias gravosas que creen obstáculos o dificultades para el ejercicio de los derechos o actividades.

16.

Concretar acciones tendientes al logro de la racionalización de trámites, métodos y procedimientos de trabajo con la cooperación del sector privado.

17.

Asesorar a las entidades públicas en el diseño e implantación de metodologías para la formulación de indicadores de gestión.

18.

Preparar los proyectos y reglamentos propios del ámbito de su competencia y someterlos a consideración del Director del Departamento.

19.

Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1677 de 2000