Articulo 17 , De la nomenclatura y clasificación de empleos del nivel ejecutivo. El nivel de ejecutivo está integrado Por los siguientes empleos: Director Seccional 2095 06 05 03 01 Jefe de sección 2075 09 08 07 06 05 02 Director de Centro 2105 03 Jefe de División 2040 15 14 12 11 10 09 07 06 03 Jefe de Oficina 2045 18 15 14 12 11 10 09 07 06 03 Secretario de Institución Técnica Profesional 2160 05 Subadministrador de Impuestos 2190 11 10 Jefe de Grupo 2085 05 04 Jefe de Proyecto 2080 05 04 Subadministrador de Aduanas 2100 04 Consejero de Relaciones Exteriores 2091 05 Director de Museo 2090 05 Administrador de Impuestos 2060 19 17 13 10 08 06 Administrador de Aduanas 2070 06 Director de centro, o de Carrera o Jefe de Departamento de Instituciones Tecnológica 2140 07 Jefe de Programa de Institución Técnica Profesional 2165 07 06 Secretario de Facultad, o de Institución Técnica o de Colegio Mayor 2150 07 06 Director de, Orquesta o Banda 2065 06 Subdirector 2030 10 09 06 Director de Fábrica 2130 07 Director de Unidad Tecnológica o Unidad Académica 2135 11 09 07 Jefe de Unidad 2055 09 08 07 Rector de Institución Técnico Profesional 2155 10 09 07 Registrador Delegado 2050 10 09 08 Jefe de Grupo de la Presidencia de la República 2175 08 Director de Unidad Administrativa Especial 2025 12 10 08 Director Regional 2035 16 15 12 08 Director de Clínica 2010 11 10 Ministro Consejero 2031 10 Ministro Plenipotenciario 2006 11 Registrador Principal 2015 17 16 15 12 Registrador Seccional 2185 06 05 04
Decreto 90 de 1988 →Vigente
Artículo 17
, De La Nomenclatura Y Clasificación De Empleos Del Nivel Ejecutivo
Decreto 90 de 1988 · por el cual se modifica parcialmente el sistema de nomenclatura y clasificación de los empleos de los Ministerios, Departamentos Administrativos, Superintendencias, Establecimientos Públicos y Unidades Administrativas Especiales del Orden Nacional, se fijan las escalas de remuneración correspondiente a dichos empleos y se dictan otras disposiciones en materia salarial.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.