Micelio

Artículo 154

Decreto 1345 de 1970 · por el cual se codifican las normas sobre Procedimiento Penal.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Actas. De toda diligencia que re practique se extenderá la correspondiente acta, que se irá escribiendo a medida que se vaya practicando y que será firmada por el juez o funcionario y su secretario y las demás personas que intervengan. Si alguna de ellas no supiere, no quisiere o no pudiere firmar, se hará constar esta circunstancia y firmará a nombre suyo otra persona.

Antes de firmar la diligencia será leída a las personas que deben suscribirla, y si alguna observare que contiene cualquier Inexactitud, oscuridad o deficiencia, se hará constar en el acta la observación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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