Micelio

Artículo 6

Ley 115 de 1923 · Por la cual se provee a la valorización del café colombiano

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Desde el 1º de enero del año próximo, la Jefatura del Departamento de Información y Propaganda que hoy existe en el Ministerio de Agricultura y Comercio y que pasara al de Industrias, tendrá una remuneración mensual de doscientos pesos ($ 200) y atenderá a las oficinas de información establecidas en el exterior, al ramo de la inmigración y a los asuntos relacionados con la valorización del café y los almacenes generales de depósito. Dicho Departamento tendrá, además, un secretario y dos escribientes. El puesto de jefe, para periodos de cuatro (4) años, será provisto por concurso en la forma que lo determine el Gobierno. Esta Oficina publicara un boletín mensual de información que se distribuirá profusamente en todo el país.

Parágrafo

El concurso a que se refiere este articulo será abierto a más tardar el 1o. de mayo de 1924.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 115 de 1923