Micelio

Artículo 6

Decreto 1660 de 2002 · por el cual se modifica parcialmente la estructura del Departamento Nacional de Planeación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Funciones de la Secretaría General . Son funciones de la Secretaría General, las siguientes

1.

Garantizar la prestación de los servicios y la disposición de los recursos necesarios para el funcionamiento del Departamento y la ejecución de los programas del mismo;

2.

Coordinar las acciones necesarias para el cumplimiento de las normas y las disposiciones que regulen los procedimientos y trámites administrativos internos al igual que aquellas que rigen el funcionamiento del Departamento en materia fiscal y presupuestal.

3.

Coordinar y someter a consideración del Director General del Departamento el proyecto de presupuesto anual de gastos de la entidad y, una vez aprobado, dirigir su ejecución.

4.

Coordinar la actividad presupuestal del Departamento.

5.

Dirigir la actividad administrativa del Departamento.

6.

Someter a consideración del Director General del Departamento los nombramientos y promociones del personal de la entidad.

7.

Dirigir y coordinar las acciones necesarias para el cumplimiento de las normas y reglamentos en materia de administración de personal.

8.

Expedir las copias de los documentos que reposen en los archivos del Departamento Nacional de Planeación, en aquellos casos en que tal función no haya sido asignada a otro funcionario.

9.

Dirigir y coordinar los programas de bienestar social y capacitación de los funcionarios del Departamento.

10.

Dirigir y coordinar el proceso de contratación y compras del Departamento.

11.

Dirigir y coordinar la elaboración de minutas de contratos, actas de liquidación, pliegos de licitación, y demás actos administrativos relacionados con la actividad contractual.

12.

Presentar ante la Dirección General del Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y la Tesorería General de la República, los informes que esas dependencias requieran.

13.

Dirigir la contabilidad y supervisar los registros contables y presupuestales de acuerdo con las instrucciones que al respecto impartan la Unidad Administrativa Especial -Contaduría General de la Nación, la Dirección General del Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y la Contraloría General de la República.

14.

Preparar oportunamente para la firma del Director General los informes que solicite la Contraloría General del República u otros organismos de control.

15.

Atender las quejas o reclamos que presenten los funcionarios o ciudadanos sobre el desempeño de las dependencias o personas que laboran en el Departamento, evaluar la magnitud de las fallas y dar traslado, en caso que lo amerite, a la autoridad competente.

16.

Gestionar las órdenes de pago por concepto de bienes o servicios suministrados al Departamento.

17.

Gestionar las órdenes de comisión y pago de viáticos nacionales e internacionales y responder por el adecuado funcionamiento del trámite correspondiente; y

18.

Velar por el cumplimiento de las normas y los reglamentos del régimen disciplinario, y adelantar las investigaciones disciplinarias en el interior del departamento.

19.

Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1660 de 2002