El presupuesto de gastos estará dividido en dos partes: gastos de funcionamiento y gastos. de inversión. Los gastos de funcionamiento se dividirán en secciones correspondientes, una al Consejo Intendencial o Comisarial, otra al Despacho del Intendente o Comisario, y tantas más cuantas sean las secretarías y unidades administrativas dependientes de la intendencia o comisaría. Los gastos de inversión, se dividirán en programas, que representan las distintas unidades ejecutoras, y comprenderán separadamente las inversiones directas y las indirectas. Los programas están conformados por grupos de actividades homogéneas y se dividen en subprogramas, que representen actividades homogéneas más reducidas y proyectos. Los programas, subprogramas y proyectos se presentarán debidamente explicados, integrados y en orden numérico.
Decreto 1927 de 1975 →Vigente
Artículo 15
El Presupuesto De Gastos Estará Dividido En Dos Partes: Gastos De Funcionamiento Y Gastos
Decreto 1927 de 1975 · Por el cual se dictan normas para elaboración, aprobación y ejecución de los presupuestos de Intendencias y Comisarías
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.