El plan de obras de riego a que se refiere la ley 34 de 1958 y la ley 6a. de 1961, se adelantara por la caja de crédito agrario, industrial y minero mediante la captación de las aguas de los ríos venado y cabrera, en beneficio de las zonas agrícolas de los municipios de baraja, Tello y villavieja, del departamento del Huila. Parágrafo. Si para el desarrollo del plan de riego referido, la caja de crédito agrario así lo encontrare técnicamente útil y necesario, podrá en las primeras etapas de la ejecución de esas obras, y con fondos de las leyes citadas en este artículo, captar aguas de otra fuente hidrográfica, pero sin perjuicio de la realización del plan total de que las referidas leyes hablan.
Ley 94 de 1962 →Vigente
Artículo 1
Ley 94 de 1962 · Sobre plan de obras de riego con aguas de los ríos Venado y Cabrera
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.