º Créanse las Oficinas Postales y Telegráficas de Palmar de Varela y Puerto Giraldo, en el Departamento del Atlántico, con el personal y asignaciones mensuales que a continuación se expresan: Palmar de Varela. Un Telegrafista. Administrador de Correos, con $ 45 Un Ayudante, con 30 Un Cartero, con 5 Para gastos de alumbrado 1 50 Puerto Giraldo. Un Telegrafista Administrador, con 45 Un Cartero, con 5 Para gastos de alumbrado 150
Decreto 843 de 1926 →Vigente
Artículo 1
Créanse Las Oficinas Postales Y Telegráficas De Palmar De Varela Y Puerto Giraldo, En El Departamento Del Atlántico, Con El Personal Y Asignaciones Mensuales Que A Continuación Se Expresan: Palmar De Varela
Decreto 843 de 1926 · Por el cual se crean dos oficinas postales y telegráficas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.