Micelio

Artículo 21

Cuando Termine La Liquidación De La Corporación Nacional De Turismo De Colombia, Hoy En Liquidación, La Entidad Que Haga Sus Veces Asumirá Las Atribuciones Y Funciones Señaladas En El Presente Decreto O En Su Defecto El Ministerio De Desarrollo Económico

Decreto 1053 de 1998 · por el cual se reglamenta parcialmente el artículo 48 de la Ley 383 de 1997 y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cuando termine la liquidación de la Corporación Nacional de Turismo de Colombia, hoy en liquidación, la entidad que haga sus veces asumirá las atribuciones y funciones señaladas en el presente decreto o en su defecto el Ministerio de Desarrollo Económico.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1053 de 1998