Elevar a subsidio la bonificación para la asistencia familiar del personal del Nivel Ejecutivo y Patrulleros de Policía en servicio activo, que permita su asignación como factor salarial, que sea posteriormente tenido en cuenta en la liquidación de la Asignación de Retiro y pensión, equiparando así con el respectivo subsidio de oficiales, suboficiales y agentes, reconociendo así la dignidad inherente a la labor policial y la necesidad de un tratamiento equitativo para todo su personal.
Lo anterior de conformidad con la Equidad Prestacional y de Bienestar social en los diferentes rangos de la Policía Nacional, establecido en el artículo 113 de la Ley 2294 de 2023 o Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026.
El Gobierno nacional, en cabeza del Ministerio de Defensa Nacional y el Ministerio de Hacienda, reglamentará los términos y procedimientos de lo dispuesto en el presente artículo.