Micelio

Artículo 17

Secretaría Técnica De Los Consejos De Rehabilitación

Decreto 2707 de 1993 · por medio del cual se define y regula el Plan Nacional de Rehabilitación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Secretaría Técnica de los Consejos de Rehabilitación. La Secretaría Técnica será ejercida, en los Consejos Municipales y Subregionales de Rehabilitación, por el Coordinador Zonal del PNR, y en los Consejos Departamentales de Rehabilitación, por el Delegado Departamental para el PNR. De ellos dependerá la inscripción de los Consejeros de Rehabilitación, la citación a las reuniones, el orden del día que será propuesto, la elaboración de las actas correspondientes a las sesiones, la coordinación de los grupos de trabajo que se establezcan, la preparación de documentos y la presentación de estudios elaborados por otras entidades públicas o privadas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2707 de 1993