Artículo único. Apruébase la Resolución número 381 de 29 de septiembre, dictada por el Registrador Nacional del Estado Civil, cuyo texto queda inserto en la parte motiva de este Acuerdo. Comuníquese y publíquese. Expedido en Bogotá a veintinueve de septiembre de mil novecientos cuarenta y nueve. El Presidente de la Corte Electoral, (firmado), Carlos Lozano y Lozano -El Secretario de la Corte Electoral, (firmado), Eduardo Caballero Calderón ". Comuníquese y publíquese.
Decreto 3704 de 1949 →Vigente
Artículo 2
Decreto 3704 de 1949 · Por el cual se legaliza el Acuerdo número 79 de 1949 (septiembre 29), expedido por la Corte Electoral
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.