Micelio

Artículo 3

º

Decreto 2032 de 1997 · por el cual se modifica la nomenclatura de empleos de la Unidad Administrativa Especial de la Aeronáutica Civil

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. La denominación y nomenclatura a que se refiere el artículo 2º del presente decreto, corresponden a las del sistema general de que trata el Decreto 457 de 1997 y demás normas que lo modifiquen o adicionen, y los grados del empleo a la escala salarial del nivel directivo del Decreto 31 de 1997 y sus modificatorios.

Parágrafo

Mientras se modifica la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, continuará vigente el empleo de Subdirector General Nivel 66, Grado 39 del Nivel Directivo de que trata el Decreto 248 de 1994.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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