º. La denominación y nomenclatura a que se refiere el artículo 2º del presente decreto, corresponden a las del sistema general de que trata el Decreto 457 de 1997 y demás normas que lo modifiquen o adicionen, y los grados del empleo a la escala salarial del nivel directivo del Decreto 31 de 1997 y sus modificatorios.
Mientras se modifica la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, continuará vigente el empleo de Subdirector General Nivel 66, Grado 39 del Nivel Directivo de que trata el Decreto 248 de 1994.