Micelio

Artículo 22

El Beneficiario De Un Permiso Tendrá Derecho A Establecer A Favor De La Explotación Todas Las Servidumbres Necesarias Para El Laboreo De Los Minerales, De Conformidad Con Lo Dispuesto En El Capítulo Xii Del Código De Minas Y En Las Leyes Que Lo Adicionan Y Reforman

Decreto 2514 de 1952 · por el cual se dictan unas disposiciones sobre explotación de metales no preciosos y sustancias minerales no metálicas de la reserva nacional.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El beneficiario de un permiso tendrá derecho a establecer a favor de la explotación todas las servidumbres necesarias para el laboreo de los minerales, de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo XII del Código de Minas y en las Leyes que lo adicionan y reforman.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2514 de 1952