Categorización de Rellenos Sanitarios. El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio definirá las condiciones mínimas de diseño y operación, que deberán ser utilizadas de acuerdo con la siguiente categorización para los sitios de disposición final, a partir del promedio diario registrado durante el último año. • Categoría I. De 0 a 50 ton/día. • Categoría II. Mayor de 50 hasta 500 ton/día • Categoría III. Mayor de 500 hasta 3000 ton/día. • Categoría IV. Mayor de 3000 ton/día.
Decreto 1077 de 2015 →Vigente
Artículo 2.3.2.3.10
Categorización De Rellenos Sanitarios
Decreto 1077 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.