Micelio

Artículo 44

Audiencia Restaurativa

Ley 1922 de 2018 · Por medio de la cual se adoptan unas reglas de procedimiento para la Jurisdicción Especial para la Paz.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En caso de reconocimiento tar­dío de responsabilidad y antes de iniciación del juicio oral, podrá rea­lizarse una conferencia a solicitud de los acusados o de las víctimas en presencia del Magistrado cuyo fin será facilitar la resolución de sus conflictos y propender por el restablecimiento de los derechos de las víctimas.

De llegarse a un acuerdo restaurativo, el mismo será tenido en cuenta al momento de graduar la sanción. No podrá ser criterio de graduación de la misma el que la conferencia se declare fallida o que la víctima o el procesado no quieran participar en aquella.

OTROS PROCEDIMIENTOS ANTE LAS SALAS Y SECCIONES DE LA JEP

Procedimientos ante la sala de amnistía o indulto

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 1922 de 2018