Micelio

Artículo 5

Decreto 135 de 1888 · Por el cual se fijan sueldos a varios empleados judiciales y del Ministerio Público, y se deroga el decreto número 1.115 de fecha 14 de diciembre de 1887

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 5.° Este Decreto empezará á cumplirse desde que sea aprobado por el Supremo Gobierno de la República, elevándolo al efecto al Ministerio de Gobierno ; y por él se deroga el de 14 de Diciembre de 1887, "por el cual se fijan sueldos á varios empleados judiciales y del Ministerio público."

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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