Son autoridades sanitarias de la República: la Junta central de Higiene, las Juntas Nacional, departamentales y Municipales para la lucha contra la tuberculosis; los inspectores de sanidad de puerto; los Directores departamentales de Higiene; los Médicos de Sanidad de puertos, y las Comisiones sanitarias accidentales.
Las autoridades sanitarias dependientes de la Junta central de Higiene serán nombradas y removidas libremente por ella, a excepción de las Médicos de Sanidad de Puertos, cuyo nombramiento pertenece al Poder Ejecutivo.