Art. 82. Toca al Gobierno decretar la suspensión y á la Corte Suprema conocer, en primera instancia, en las causas que se promuevan contra los Contadores por responsabilidad ó por mal desempeño en el ejercicio de sus funciones.
DE LOS FINIQUITOS.
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Art. 82. Toca al Gobierno decretar la suspensión y á la Corte Suprema conocer, en primera instancia, en las causas que se promuevan contra los Contadores por responsabilidad ó por mal desempeño en el ejercicio de sus funciones.
DE LOS FINIQUITOS.
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.