Artículo único. Desde el 1.° de abril próximo en adelante, el Cónsul General de la República en Nueva York, disfrutará de una asignación de cuatro mil ochocientos pesos ($ 4,800) anuales. Comuníquese y publíquese
Decreto 293 de 1913 →Vigente
Artículo 1
Decreto 293 de 1913 · Por el cual se fija una asignación en el Servicio Consular
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.