Artículo primero. Cédese con destino al "Hogar Infantil Santa Teresita" el derecho de dominio pleno que el Gobierno Nacional tiene sobre un edificio y el suelo donde se levanta, ubicado en la ciudad de Bucaramanga, cuya ubicación, linderos y demás constan en la escritura número 2429 de la Notaria Segunda de Bucaramanga.
Decreto 3618 de 1954 →Vigente
Artículo 1
Decreto 3618 de 1954 · Por el cual se hace una cesión y se dan unas autorizaciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.