Micelio

Artículo 30

El Ministerio Queda Facultado Para Crear Y Reglamentar Grupos De Trabajo De Acuerdo Con Las Necesidades Del Servicio

Decreto 2470 de 1968 · Por el cual se reorganiza el Ministerio de Salud Pública

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Ministerio queda facultado para crear y reglamentar grupos de trabajo de acuerdo con las necesidades del servicio. Del Consejo Nacional de Profesiones Médicas y Auxiliares.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2470 de 1968