Además de las funciones previstas en el artículo 119 de la Ley 2294 de 2023 , el Sistema Único de Información del Deporte tendrá los siguientes objetivos principales: (a) llevar el control de las asistencias de las actividades de los CUBOS; (b) almacenar la hoja de vida deportiva de los usuarios, la cual deberá identificar población en situación de discapacidad y la pertenencia a grupos poblacionales étnicos, bien sea, población indígena, comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras, Pueblos Rom o gitanos; (c) almacenar los entrenamientos de los usuarios y los resultados de las pruebas que realicen y logros obtenidos; (d) ofrecer servicios de manera virtual como cursos, capacitaciones, asistencias, entre otros.
Toda información almacenada será tratada de conformidad con la ley de protección de datos.
El Sistema contará con una aplicación móvil gratuita y acceso por el explorador web.
El Gobierno nacional, a través del Ministerio del Deporte reglamentará lo dispuesto en este artículo en los doce (12) meses siguientes a la-entrada en vigencia de la presente ley, para lo cual podrá contar con el apoyo técnico de las demás entidades públicas en el marco de sus funciones y competencias.
El Ministerio del Deporte garantizará que el Sistema Único de Información del Deporte cumpla con los lineamientos y estándares de la política de gobierno digital expedida por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.