Micelio

Artículo 26

Las Juntas Administradoras Locales Tendrán Las Siguientes Funciones: A) Estudiar Y Aprobar Cada Año El Presupuesto De Ingresos Y Egresos De Operación Del Puerto, Preparado Por El Gerente Y Someterlo A La Revisión Y Aprobación De La Junta Directiva De La Empresa: B) Estudiar Y Aprobar Cada Año, Y Someter A La Junta Directiva, El Presupuesto De Obras Menores De Mejoramiento Y Renovación Que No Entrañen Modificación Sustancial A Las Dependencias Del Puerto; C) Proponer En Forma Preliminar A La Junta Directiva Obras Mayores De Renovación O Mejoramiento Y Programas De Ampliación Del Puerto; D) Ejecutar En Asocio Del Gerente, Los Programas Y Presupuestos De Que Tratan Los Incisos A) Y B) Una Vez Que Reciban La Aprobación De La Junta Directiva; E) Cooperar, En La Forma Que Disponga La Junta Directiva, En La Ejecución De Las Obras Y Programas De Qué Trata El Inciso C); F) Proponer A La Junta Directiva Las Modificaciones De Tarifas U Otras Medidas Necesarias Para El Cumplimiento De Los Presupuestos Y Programas Adoptados; G) Velar Por El Cumplimiento De Los Estatutos Y Reglamentos De La Empresa Y De Las Disposiciones De La Junta Directiva; H) Velar Por La Buena Organización De La Contabilidad Del Puerto, Conforme A Las Normas Generales De La Empresa, Estudiar Y Aprobar Los Balances Reglamentarios; I) Inspeccionar Periódicamente Las Dependencias Y Servicios Del Puerto Y Ordenar Las Mejoras Aconsejables O Hacer A La Junta Directiva, Según El Caso, Las Sugerencias Respectivas; J) Vigilar Los Costos De Operación, Haciendo Estudios Comparativos Con Los De Otros Puertos E Implantar, De Acuerdo Con El Gerente, Las Reformas Conducentes A Reducirlos; K) Cooperar Con La Junta Directiva Para Mejorar La Administración Portuaria Y Facilitar Y Hacer Operante Su Descentralización; L) Proponer A La Junta Directiva Reglamentos De Administración, Operación, Funcionamiento, Seguridad Y Control, Específicos Para El Puerto Y Sus Dependencias, Según Proyectos Que Elaborara El Gerente, Con Observancia De Los Reglamentos Generales; M) Someter A La Consideración De La Junta Directiva De La Empresa, Sus Iniciativas Referentes A La Mejor Organización Portuaria Y Al Desarrollo De Las Actividades De La Empresa; N) Supervigilar Los Actos De Administración Y Manejo Del Gerente Local; Ñ) Asesorar Al Gerente En El Estudio Y Solución De Los Asuntos Laborales Que Este Le Presente; O) Expresar Su Concepto Sobre Las Tarifas Que Por Servicio Portuario Y Precios Por Servicios Adicionales Que Preste La Empresa, Proponga El Respectivo Gerente; P) Proponer O Adaptar, Según El Caso, Las Medidas Necesarias Para Que Los Servicios Portuarios Se Presten Con La Máxima Eficiencia Y El Menor Costo; Q) Vigilar La Ejecución Del Presupuesto Del Puerto Y Proponer Las Modificaciones Que Estime Necesarias; R) Colaborar En La Solución De Toda Dificultad Que Se Presente En Las Relaciones De La Empresa Con Otras Entidades, Y Procurar La Coordinación De Aquellas Que Tengan Actividades Complementarias Y Conexas Al Puerto; S) Presentar Mensualmente A La Junta Directiva Los Informes Y Sugerencias Que Estime Convenientes Para El Mejor Funcionamiento De La Administración Portuaria T) Autorizar O Aprobar Los Actos O Contratos Del Gerente Local Cuya Cuantía Exceda De Cincuenta Mil Pesos ($50

Decreto 730 de 1971 · Por el cual se aprueban los Estatutos de Puertos de Colombia

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las Juntas Administradoras Locales tendrán las siguientes funciones

a)

Estudiar y aprobar cada año el presupuesto de ingresos y egresos de operación del puerto, preparado por el Gerente y someterlo a la revisión y aprobación de la Junta Directiva de la Empresa:

b)

Estudiar y aprobar cada año, y someter a la Junta Directiva, el presupuesto de obras menores de mejoramiento y renovación que no entrañen modificación sustancial a las dependencias del puerto;

c)

Proponer en forma preliminar a la Junta Directiva obras mayores de renovación o mejoramiento y programas de ampliación del puerto;

d)

Ejecutar en asocio del Gerente, los programas y presupuestos de que tratan los incisos a) y b) una vez que reciban la aprobación de la Junta Directiva;

e)

Cooperar, en la forma que disponga la Junta Directiva, en la ejecución de las obras y programas de qué trata el inciso c);

f)

Proponer a la Junta Directiva las modificaciones de tarifas u otras medidas necesarias para el cumplimiento de los presupuestos y programas adoptados;

g)

Velar por el cumplimiento de los estatutos y reglamentos de la Empresa y de las disposiciones de la Junta Directiva;

h)

Velar por la buena organización de la contabilidad del puerto, conforme a las normas generales de la Empresa, estudiar y aprobar los balances reglamentarios;

i)

Inspeccionar periódicamente las dependencias y servicios del puerto y ordenar las mejoras aconsejables o hacer a la Junta Directiva, según el caso, las sugerencias respectivas;

j)

Vigilar los costos de operación, haciendo estudios comparativos con los de otros puertos e implantar, de acuerdo con el Gerente, las reformas conducentes a reducirlos;

k)

Cooperar con la Junta Directiva para mejorar la administración portuaria y facilitar y hacer operante su descentralización;

l)

Proponer a la Junta Directiva reglamentos de administración, operación, funcionamiento, seguridad y control, específicos para el puerto y sus dependencias, según proyectos que elaborara el Gerente, con observancia de los reglamentos generales;

m)

Someter a la consideración de la Junta Directiva de la Empresa, sus iniciativas referentes a la mejor organización portuaria y al desarrollo de las actividades de la Empresa;

n)

Supervigilar los actos de administración y manejo del Gerente local; ñ) Asesorar al Gerente en el estudio y solución de los asuntos laborales que este le presente;

o)

Expresar su concepto sobre las tarifas que por servicio portuario y precios por servicios adicionales que preste la Empresa, proponga el respectivo Gerente;

p)

Proponer o adaptar, según el caso, las medidas necesarias para que los servicios portuarios se presten con la máxima eficiencia y el menor costo;

q)

Vigilar la ejecución del presupuesto del puerto y proponer las modificaciones que estime necesarias;

r)

Colaborar en la solución de toda dificultad que se presente en las relaciones de la Empresa con otras entidades, y procurar la coordinación de aquellas que tengan actividades complementarias y conexas al puerto;

s)

Presentar mensualmente a la Junta Directiva los informes y sugerencias que estime convenientes para el mejor funcionamiento de la administración portuaria

t)

Autorizar o aprobar los actos o contratos del Gerente Local cuya cuantía exceda de cincuenta mil pesos ($50.000.00) sin pasar de cien mil pesos ($ 100.000.00);

u)

Adoptar en coordinación o desarrollo de los planes generales de la Empresa, todas las medidas que tiendan al mejoramiento de las condiciones sociales de los empleados y trabajadores del respectivo puerto, especialmente en lo referente a la higiene, la seguridad social y del trabajo, la capacitación de los trabajadores, las prácticas deportivas y, en general, todas aquellas medidas que den por resultado una mayor eficiencia en el trabajo, mejores relaciones entre la empresa y los trabajadores o empleados y mayor bienestar del personal a su servicio.

Parágrafo

Las funciones contempladas en los numerales a) y b) requieren para su validez el voto favorable del Gerente General en su condición de Presidente de la respectiva Junta Administradora Local y si este funcionario no concurriere a la sesión, el acta correspondiente deberá ser aprobada por el mismo.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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