º. Domicilio. La Caja tendrá su domicilio principal en la ciudad de Bogotá, D. E., y con la autorización de la Superintendencia Bancaria podrá establecer sucursales y agencias en donde lo determine la Asamblea de Accionistas Junta Directiva ,
Decreto 301 de 1982 →Vigente
Artículo 2
Domicilio
Decreto 301 de 1982 · Por el cual se aprueba el Acuerdo número 110 de septiembre 9 de 1980, originario de la Junta Directiva de la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.