Micelio

Artículo 1

Mientras Subsista Turbado El Orden Público Y En Estado De Sitio Todo El Territorio Nacional, Créase El Departamento De Policía De Urabá Con Sede En El Municipio De Apartadó Y Cuya Jurisdicción Comprende Los Siguientes Municipios: Apartadó, Turbo, Arboletes, Necoclí, Carepa, Chigorodó, Mutatá, Murindó, Vigía Del Fuerte, San Juan De Urabá, San Pedro De Urabá Y Dabeiba, En El Departamento De Antioquia; Acandí Y Unguía En El Departamento Del Chocó

Decreto 1686 de 1990 · por el cual se dictan medidas tendientes al restablecimiento del orden público.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Mientras subsista turbado el orden público y en Estado de Sitio todo el territorio nacional, créase el Departamento de Policía de Urabá con sede en el Municipio de Apartadó y cuya jurisdicción comprende los siguientes municipios: Apartadó, Turbo, Arboletes, Necoclí, Carepa, Chigorodó, Mutatá, Murindó, Vigía del Fuerte, San Juan de Urabá, San Pedro de Urabá y Dabeiba, en el Departamento de Antioquia; Acandí y Unguía en el Departamento del Chocó.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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