La eliminación de los saldos que enumeran los artículos precedentes se efectuará pasados seis meses despúes de la promulgación de este Ley.
Emisión de certificaciones
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
La eliminación de los saldos que enumeran los artículos precedentes se efectuará pasados seis meses despúes de la promulgación de este Ley.
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Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.