De la Oficina Jurídica . Corresponde a la Oficina Jurídica
Cumplir las funciones señaladas en la ley a las Oficinas Jurídicas de los Ministerios y Departamentos Administrativos.
Coordinar la prestación de asistencia legal al personal de la institución que, por hechos ejecutados en el ejercicio de sus funciones o con ocasión de las mismas, sea sindicado como infractor de la ley penal y supervisar la gestión de los profesionales contratados para tal fin.
Asesorar al Jefe del Departamento y a los Jefes de las distintas dependencias en los asuntos legales relacionados con el cumplimiento de sus funciones cuando aquél lo determine.
Elaborar o revisar los contratos, convenios y acuerdos del Departamento y del Fondo Rotatorio y velar por su oportuna y cabal ejecución.
Hacer los estudios y emitir conceptos sobre los asuntos jurídicos que la Jefatura del Departamento, la Subjefatura o la Secretaría General dispongan y revisar los proyectos de decreto, resolución y demás actos administrativos que deben ser suscritos por el Jefe del Departamento. Igualmente los actos administrativos del Subjefe y del Secretario General cuando actúen por delegación del Jefe.
Analizar las documentaciones y proyectar las resoluciones relativas al decomiso definitivo de elementos.
Examinar las solicitudes sobre cancelación de antecedentes penales y de policía, emitir concepto sobre ellas y proyectar las decisiones pertinentes.
Proyectar para la firma del Jefe del Departamento las providencias que resuelvan recursos de reposición, apelación o la revocatoria directa de los actos administrativos, diferentes de aquellos que imponen sanciones disciplinarias.
Atender y supervisar la defensa de los intereses del Departamento en asuntos judiciales y extrajudiciales.
Reunir, codificar y difundir las normas legales y reglamentarias del Departamento e instruir a todos los funcionarios sobre su adecuada observancia.
Llevar el inventario de los bienes inmuebles del Departamento y del Fondo Rotatorio y mantener actualizada su titulación.
Las demás funciones que se le asignen por ley o reglamento.