Micelio

Artículo 1

Decreto 2646 de 1993 · Por el cual se aprueba el Acuerdo No. 36 del 6 de diciembre de 1993 de la Junta Directiva del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, por el cual se suprimen unos cargos y se establece la planta de personal del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Apruébase el Acuerdo No. 36 del 6 de diciembre de 1993, expedido por la Junta Directiva del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, mediante el cual se suprimen unos cargos y se establece la Planta de Personal y cuyo texto es el siguiente:

ACUERDO No. 36

(diciembre 6 de 1993)

Por el cual se suprimen unos cargos y se establece la Planta de Personal del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA.

La Junta Directiva del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, en uso de sus facultades legales y estatutarias y en especial de las que le confiere el artículo 7° del Decreto 2141 de 1992,

ACUERDA:

ARTICULO 1o. A partir del 1° de enero de 1994 suprímense de la Planta de Personal del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, establecida mediante Acuerdo 014 de 1991, aprobada por el Decreto 2057 de 1991 y modificada por el Decreto 528 de 1993, los cargos que se relacionan a continuación:

No. de cargos

Dependencia y Denominación del Cargo

Código-Grado

Nivel Central

Gerencia General

2 (dos)

Asesor

1020-3

1 (uno)

Asistente Administrativo

4140-12

3 (tres)

Oficina de Promoción de Tecnología y de Recursos Propios

3 (tres)

Profesional Universitario

3020-06

1 (uno)

Auxiliar Administrativo

5120-09

1 (uno)

Ayudante de Oficina

5155-07

5 (cinco)

Oficina de Educación y Capacitación

1 (uno)

Jefe de Oficina

2045-15

1 (uno)

Jefe de Grupo

2085-04

1 (uno)

Profesional Universitario

3020-06

1 (uno)

Secretario Ejecutivo

5040-13

4 (cuatro)

Oficina de información y Prensa

1 (uno)

Profesional Universitario

3020-06

1 (uno)

Asistente Administrativo

4140-12

2 (dos)

Secretaría General

1 (uno)

Secretario Ejecutivo

5040-15

1 (uno)

Ayudante de Oficina

5155-05

Oficina Jurídica

1 (uno)

Profesional Especializado

3010-10

1 (uno)

Profesional Universitario

3020-06

2 (dos)

Oficina de Control Operacional

1 (uno)

Profesional Especializado

3010-09

1 (uno)

Profesional Universitario

3020-04

2 (dos)

Sección de Correspondencia y Archivo

1 (uno)

Jefe de Sección

2075-05

1 (uno)

Supervisor

5105-05

1 (uno)

Auxiliar Administrativo

5120-11

1 (uno)

Ayudante de Oficina

5155-07

1 (uno)

Auxiliar de Servicios Generales

6035-01

5 (cinco)

Subgerencia de Planeación

3 (tres)

Profesional (Jefe de Sección)

ATC

1 (uno)

Jefe de Sección

2075-09

1 (uno)

Técnico Operativo

4080-07

3 (tres)

Secretario Ejecutivo

5040-13

1 (uno)

Secretario Ejecutivo

5040-11

9 (nueve)

Subgerencia de investigación

3 (tres)

Profesional (Jefe de División)

ATC

7 (siete)

Profesional (Jefe de Sección)

ATC

1 (uno)

Secretario Ejecutivo

5040-15

3 (tres)

Secretario Ejecutivo

5040-13

5 (cinco)

Secretario Ejecutivo

5040-11

19 (diecinueve)

Subgerencia de Transferencia de Tecnología Agropecuaria

2 (dos)

Profesional (Jefe de División)

ATC

4 (cuatro)

Profesional (Jefe de Sección)

ATC

1 (uno)

Secretario Ejecutivo

5040-11

2 (dos)

Secretario

5140-08

9 (nueve)

Subgerencia de Protección a la Producción Agropecuaria

3 (tres)

Profesional (Jefe de Sección)

ATC

1 (uno)

Secretario Ejecutivo

5040-17

3 (tres)

Secretario Ejecutivo

5040-11

1 (uno)

Auxiliar Administrativo

5120-11

8 (ocho)

Subgerencia Administrativa y Financiera

1 (uno)

Secretario Ejecutivo

5040-13

1 (uno)

Secretario Ejecutivo

5040-11

Secretario

5140-08

4 (cuatro)

División Financiera

Sección de Presupuesto

1 (uno)

Profesional Universitario

3020-04

1 (uno)

Auxiliar Administrativo

5120-11

1 (uno)

Auxiliar Administrativo

5120-09

3 (tres)

Sección de Contabilidad

1 (uno)

Jefe de Sección

2075-09

1 (uno)

Profesional Universitario

3020-06

1 (uno)

Operario

6030-01

3 (tres)

Sección de Tesorería

1 (uno)

Jefe de Sección

2075-09

1 (uno)

Secretario

5140-06

2 (dos)

División de Relaciones industriales

Sección de Registro y Control

1 (uno)

Auxiliar de Técnico

4110-03

1 (uno)

Auxiliar Administrativo

5120-11

2 (dos)

Sección de Selección y Clasificación

1 (uno)

Profesional Universitario

3020-06

1 (uno)

Profesional Universitario

3020-03

1 (uno)

Ayudante de Oficina

5155-03

1 (uno)

Operario

6030-01

4 (cuatro)

Sección de Bienestar Social

1 (uno)

Técnico Administrativo

4065-07

1 (uno)

Ayudante de Oficina

5155-03

2 (dos)

División de Desarrollo Organizacional

1 (uno)

Jefe de División

2040-15

1 (uno)

Profesional Universitario

3020-06

1 (uno)

Profesional Universitario

3020-04

1 (uno)

Auxiliar de Técnico

4110-03

1 (uno)

Secretario Ejecutivo

5040-15

1 (uno)

Auxiliar Administrativo

5120-09

6 (seis)

División de Servicios Generales

Sección de Adquisiciones

1 (uno)

Asistente Administrativo

4140-12

Sección de Almacenes

1 (uno)

Ayudante de Oficina

515507

Sección de Servicios Auxiliares

1 (uno)

Auxiliar Administrativo

5120-05

3 (tres)

Auxiliar de Servicios Generales

6035-01

4 (cuatro)

División de infraestructura Física

1 (uno)

Secretario Ejecutivo

5040-15

Sección de Construcciones

1 (uno)

Profesional Universitario

3020-04

1 (uno)

Secretario Ejecutivo

5040-11

2 (dos)

Sección de Adecuación y Mantenimiento

1 (uno)

Profesional Especializado

3010-09

1 (uno)

Tecnólogo

4165-07

2 (dos)

Nivel Regional

9 (nueve)

Director Regional

2035-15

2 (dos)

Jefe de Sección

2075-09

4 (cuatro)

Jefe de Sección

2075-05

6 (seis)

Jefe de Grupo

2085-06

9 (nueve)

Jefe de Grupo

2085-04

1 (uno)

Profesional Universitario

3020-08

3 (tres)

Profesional Universitario

3020-06

4 (cuatro)

Profesional Universitario

3020-04

1 (uno)

Técnico Administrativo

4065-09

10 (diez)

Técnico Administrativo

4065-07

1 (uno)

Técnico Operativo

4080-09

4 (cuatro)

Técnico Operativo

4080-07

28 (veintiocho)

Auxiliar de Técnico

4110-06

165 (ciento sesenta y cinco)

Auxiliar de Técnico

4110-05

255 (doscientos cincuenta y cinco)

Auxiliar de Técnico

4110-03

1 (uno)

Asistente Administrativo

4140-12

3 (tres)

Tecnólogo

4165-09

3 (tres)

Tecnólogo

4165-07

1 (uno)

Secretario Ejecutivo

5040-15

3 (tres)

Secretario Ejecutivo

5040-13

11 (once)

Secretario Ejecutivo

5040-11

4 (cuatro)

Pagador

5045-13

1 (uno)

Pagador

5045-11

4 (cuatro)

Jefe de Almacén

5060-13

6 (seis)

Almacenista

5080-11

3 (tres)

Supervisor

5105-12

6 (seis)

Supervisor

5105-10

3 (tres)

Supervisor

5105-07

5 (cinco)

Supervisor

5105-05

7 (siete)

Auxiliar Administrativo

5120-11

20 (veinte)

Auxiliar Administrativo

5120-09

15(quince)

Auxiliar Administrativo

5120-07

28 (veintiocho)

Auxiliar Administrativo

5120-05

17 (diecisiete)

Secretario

5140-10

56 (cincuenta y seis

Secretario

5140-08

92 (noventa y dos)

Secretario

5140-06

15(quince)

Ayudante de Oficina

5155-07

14 (catorce)

Ayudante de Oficina

5155-05

21 (veintiuno)

Ayudante de Oficina

5155-03

20 (veinte)

Mecanógrafo

5180-04

5 (cinco)

Operario Calificado

6000-08

24 (veinticuatro)

Operario Calificado

6000-07

46 (cuarenta y seis)

Operario Calificado

6000-05

1 (uno)

Conductor Mecánico

6010-08

17 (diecisiete)

Conductor Mecánico

6010-06

34 (treinta y cuatro)

Conductor Mecánico

6010-03

2 (dos)

Celador

6020-06

5 (cinco)

Celador

6020-04

29 (veintinueve)

Celador

6020-03

75 (setenta y cinco)

Celador

6020-01

10 (diez)

Operario

6030-05

124 (ciento veinticuatro)

Operario

6030-03

359 (trescientos cincuenta y nueve)

Operario

6030-01

2 (dos)

Auxiliar de Servicios Generales

6035-05

26 (veintiséis)

Auxiliar de Servicios Generales

6035-03

89 (ochenta y nueve)

Auxiliar de Servicios Generales

6035-01

497 (cuatrocientos noventa y siete)

Profesional

ATC

(dos mil doscientos seis)

2.313(dos mil trescientos trece)

ARTICULO SEGUNDO. Las funciones propias del instituto Colombiano Agropecuaria, ICA, serán cumplidas con la Planta de Personal que se establece a continuación:

No. de cargos

Descripción del Cargo

Código y Grado

Despacho del Gerente General

1 (uno)

Gerente de Establecimiento Público

0015-18

2 (dos)

Asesor

1020-06

2 (dos)

Secretario Ejecutivo

5040-20

1 (uno)

Conductor Mecánico

6010-10

6 (seis)

Planta de Personal Global

1 (uno)

Secretario General de entidad descentralizada

0037-13

3 (tres)

Subgerente de Establecimiento Público

0040-13

10 (diez)

Jefe de División

2040-21

4 (cuatro)

Jefe de Oficina

2045-21

18 (dieciocho)

Profesional Especializado

3010-18

6 (seis)

Profesional Especializado

3010-17

6 (seis)

Profesional Especializado

3010-14

27 (veintisiete)

Profesional Especializado

3010-10

4 (cuatro)

Profesional Especializado

3010-09

12 (doce)

Profesional Universitario

3020-08

24 (veinticuatro)

Profesional Universitario

3020-06

6 (seis)

Profesional Universitario

3020-05

4 (cuatro)

Profesional Universitario

3020-04

2 (dos)

Técnico Administrativo

4065-01

13(trece)

Técnico Administrativo

4065-09

21 (veintiuno)

Técnico Administrativo

4065-07

7 (siete)

Técnico Operativo

4080-07

94 (noventa y cuatro)

Auxiliar de Técnico

4110-06

177 (ciento setenta y siete)

Auxiliar de Técnico

4110-05

312 (trescientos doce)

Auxiliar de Técnico

4110-03

11 (once)

Asistente Administrativo

4140-15

15(quince)

Asistente Administrativo

4140-12

1 (uno)

Tecnólogo

4165-09

4 (cuatro)

Tecnólogo

4165-07

1 (uno)

Secretario Ejecutivo

5040-20

4 (cuatro)

Secretario Ejecutivo

5040-19

10 (diez)

Secretario Ejecutivo

5040-18

25 (veinticinco)

Secretario Ejecutivo

5040-15

39 (treinta y nueve)

Secretario Ejecutivo

5040-13

25 (veinticinco)

Secretario Ejecutivo

5040-11

20 (veinte)

Auxiliar Administrativo

5120-20

17 (diecisiete)

Auxiliar Administrativo

5120-13

30 (treinta)

Auxiliar Administrativo

5120-11

11 (once)

Auxiliar Administrativo

5120-09

13(trece)

Auxiliar Administrativo

5120-07

6 (seis)

Auxiliar Administrativo

5120-05

25 (veinticinco)

Secretario

5140-10

41 (cuarenta y uno)

Secretario

5140-08

62 (sesenta y dos)

Secretario

5140-06

5 (cinco)

Ayudante de Oficina

5155-07

6 (seis)

Ayudante de Oficina

5155-05

4 (cuatro)

Ayudante de Oficina

5155-03

13(trece)

Mecanógrafo

5180-04

14 (catorce)

Operario calificado

6000-08

42 (cuarenta y dos)

Operario Calificado

6000-07

32 (treinta y dos)

Operario Calificado

6000-05

15(quince)

Conductor Mecánico

6010-10

10 (diez)

Conductor Mecánico

6010-08

12 (doce)

Conductor Mecánico

6010-06

10 (diez)

Conductor Mecánico

6010-03

1 (uno)

Celador

6020-06

28 (veintiocho)

Celador

6020-03

26 (veintiséis)

Celador

6020-01

16 (dieciséis)

Operario

6030-05

97 (noventa y siete)

Operario

6030-03

77 (setenta y siete)

Operario

6030-01

13(trece)

Auxiliar de Servicios Generales

6035-05

32 (treinta y dos)

Auxiliar de Servicios Generales

6035-03

64 (sesenta y cuatro)

Auxiliar de Servicios Generales

6035-01

606 (seiscientos seis)

Profesional

ATC

2.234(dos mil doscientos treinta y cuatro)

2.240(dos mil doscientos cuarenta)

ARTICULO TERCERO. El Gerente General, mediante Resolución distribuirá los cargos de la planta global a que se refiere el artículo segundo del presente Acuerdo y ubicará el personal conforme a la estructura interna, los planes, los programas y las necesidades del servicio.

ARTICULO CUARTO. Los empleados públicos cuyos cargos sean suprimidos conforme a lo dispuesto en el artículo 1° del presente Acuerdo, y no sean incorporados en la nueva Planta de Personal, tendrán derecho al reconocimiento y pago de las indemnizaciones y bonificaciones de que tratan los artículos 14, 20 a 22 del Decreto 2141 de 1992, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos para el efecto y no sean vinculados a las corporaciones o fundaciones sin ánimo de lucro de carácter mixto, a que se refieren los artículos 15 y 25 del citado Decreto 2141 de 1992.

ARTICULO QUINTO. Los empleados públicos cuyos cargos sean suprimidos de conformidad con el artículo 1° del presente Acuerdo y que a 31 de diciembre de 1993 hayan cumplido con los requisitos para tener derecho a una pensión y que no sean incorporados en la nueva Planta de Personal del ICA, quedarán desvinculados del Instituto a partir del 1° de enero de 1994, sin tener derecho al reconocimiento y pago de las indemnizaciones o bonificaciones previstas en el Decreto 2141 de 1992 tal como se establece en su artículo 24.

ARTICULO SEXTO. La incorporación de los funcionarios a la nueva Planta de Personal de que trata el artículo 2° de este Acuerdo, deberá realizarse a más tardar el 31 de enero de 1994.

Dichos funcionarios devengarán la remuneración que les correspondía en la anterior Planta de Personal, hasta el día en que tomen posesión del cargo en la nueva Planta de Personal.

ARTICULO SEPTIMO. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de publicación del Decreto del Gobierno Nacional que lo apruebe y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Acuerdo No. 014 de 1991.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a…

Santiago Perry Rubio, Presidente de la Junta Directiva; William León Vásquez Miranda, Secretario de la Junta Directiva.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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