º. El presente Decreto rige a partir de las fecha de su expedición, deroga las disposiciones que le sean contrarias y surte efectos fiscales a partir del 1º de enero de 1982, salvo lo dispuesto en el artículo 5º. Comuníquese y cúmplase.
Decreto 281 de 1982 →Vigente
Artículo 6
º
Decreto 281 de 1982 · Por el cual se establece la escala de remuneración para Ios empleos del Instituto Nacional de Radio y Televisión y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.