Micelio

Artículo 1.2.12.2.6

Garantías De La Operación De Crédito

Decreto 1821 de 2020 · Por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sistema General de Regalías.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Garantías de la Operación de Crédito. Las entidades financieras de redescuento de la Rama Ejecutiva del orden nacional que otorguen un crédito en el marco del artículo 25 de la Ley 2279 de 2022 contarán con la garantía primaría para el pago de la operación de crédito público, que será la vigencia futura con cargo a la Asignación para la Inversión Regional del Sistema General de Regalías, autorizada por la entidad o instancia que aprueba el proyecto de inversión, la cual deberá incluir el valor del proyecto de inversión, incluyendo los costos indirectos asociados al mismo, entre otros, los asociados al patrimonio autónomo y los costos financieros derivados de la operación de crédito público para cada vigencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1821 de 2020