Micelio

Artículo 7

Ley 64 de 1947 · Por la cual se aumentan las pensiones de jubilación de los maestros de escuela primaria oficial y se reforma el artículo 5° de la Ley 43 de 1945

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El artículo 5º de la Ley 43 de 1945 quedará así:

"Para ingresar al Escalafón será necesario haber seguido estudios especiales y obtenido los títulos correspondientes en establecimientos públicos o privados; pero todos los profesores que hubieren ejercido el profesorado de segunda enseñanza, a partir del año de 1940, tendrán igualmente derecho a escalafonarse. Queda así reformado el citado artículo 5º de la Ley 43 de 1945 .

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 64 de 1947