Decreto 150 de 1999 · por medio del cual se reglamenta la Ley 388 de 1997
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
º . Los municipios y distritos en coordinación con las oficinas de planeación de los departamentos respectivos, tendrán un plazo de un año a partir de la vigencia de este decreto, para formular y adoptar los planes de ordenamiento territorial.
Parágrafo
Para los efectos del artículo 20 de la Ley 388 de 1997, entiéndese por período de transición, el consagrado en el inciso primero del artículo 23 de la citada ley y el fijado en el presente artículo.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.