Cuando se redarguya de falso un instrumentos público, el Juez y el Secretario lo rubricarán en todas sus hojas para evitar que sea suplantado, y harán constar por medio de nota, minuciosamente, el estado en que se encuentre.
Instrumentos privados.
Ley 103 de 1923 · Sobre Organización Judicial y Procedimiento Civil
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Cuando se redarguya de falso un instrumentos público, el Juez y el Secretario lo rubricarán en todas sus hojas para evitar que sea suplantado, y harán constar por medio de nota, minuciosamente, el estado en que se encuentre.
Instrumentos privados.
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.