Micelio

Artículo 662

Decreto 409 de 1971 · por el cual se introducen reformas al Código de Procedimiento Penal y se codifican todas sus normas.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Querella. Desistimiento. La acción penal del delito previsto en el artículo 40 de la ley citada sólo podrá iniciarse a solicitud de la persona ofendida o de quien la represento legalmente. Si aquella fuere menor y no tuviere representante legal, la querella puede ser presentada por el defensor de menores.

Una vez iniciada la acción penal no hay lugar al desistimiento de que trata el artículo 102 del Código Penal, salvo en el caso previsto en el artículo 660.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 409 de 1971