º El Ministro de Trabajo y Seguridad Social es competente para
Reconocer, suspender y cancelar las personerías jurídicas de las asociaciones de Cajas de Compensación Familiar.
Declarar la ilegalidad de la suspensión o paro colectivo de trabajo.
Convocar e integrar los Tribunales de Arbitramento.
Convocar las asambleas de trabajadores, en los casos previstos por la ley.
Efectuar las declaraciones de unidad de empresa.
Aprobar los anteproyectos de presupuesto de inversión y de funcionamiento que hayan de ser presentados al Departamento Nacional de Planeación y a la Dirección General de Presupuesto y el de utilización de los recursos de crédito público que se contemplen para el sector a su cargo. MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL.