º Las personas que se vinculen al servicio público en el Distrito Capital y sus entidades descentralizadas a partir de la vigencia del presente Decreto y que conforme a las disposiciones vigentes tengan el carácter de empleados públicos, gozarán del régimen prestacional señalado para los empleados públicos de la Rama Ejecutiva del Poder Público.
Decreto 1133 de 1994 →Vigente
Artículo 1
º Las Personas Que Se Vinculen Al Servicio Público En El Distrito Capital Y Sus Entidades Descentralizadas A Partir De La Vigencia Del Presente Decreto Y Que Conforme A Las Disposiciones Vigentes Tengan El Carácter De Empleados Públicos, Gozarán Del Régimen Prestacional Señalado Para Los Empleados Públicos De La Rama Ejecutiva Del Poder Público
Decreto 1133 de 1994 · por el cual se fija el régimen prestacional de los empleados públicos del Distrito Capital y sus entidades descentralizadas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.