El Consejo Académico es la máxima autoridad académica de la Universidad del Ministerio Público. Tiene la responsabilidad de orientar y decidir en materia pedagógica, curricular, docente, investigativa, de proyección social y extensión y de orden académico-administrativo, para el logro y cumplimiento de los fines y objetivos de la Institución. El Consejo Académico se reunirá de acuerdo con la periodicidad que señale el reglamento y estará integrado por:
El Rector, quien lo presidirá
Un (1) representante de los Directivos Académicos.
Un (1) representante de los Directores de Programas.
Un (1) representante de los profesores elegido por ellos para un período de tres (3) años.
Un (1) representante de los estudiantes elegido para un período de dos (2) años.
Los representantes de los numerales 2, 3 4 y 5 serán elegidos directamente por cada uno de sus respectivos estamentos, de acuerdo con la reglamentación que para tal efecto expida el Consejo Superior Universitario.
Las funciones de secretario del Consejo Académico serán cumplidas por el servidor de la Universidad del Ministerio Público que señale su propio reglamento.