Micelio

Artículo 19

Divulgación La Convocatoria Se Divulgará A Través De La Sección De Selección Y Carrera, Mediante Aviso Que Se Fijará En Cartelera Especial En Lugar Visible De Acceso A La Entidad, Y A Nivel Territorial En Las Procuradurías Regionales, Departamentales, Distritales, Metropolitanas O Provinciales, Donde Se Realice El Concurso, Con Minio Ocho (8) Días De Anticipación A La Fecha De Iniciación De La Inscripción De Aspirantes; Además, Se Utilizarán Uno O Varios De Los Siguientes Medios: A) Prensa De Amplia Circulación Nacional O Regional, A Través De Dos (2) Avisos Publicados En Días Diferentes; B) Radio, En Emisoras Oficialmente Autorizadas Con Cubrimiento Nacional O Regional, Al Menos Dos (2) Veces Diarias En Horas Hábiles De Mayor Sintonía, Durante Tres (3) Días; C) Televisión, A Través De Canales Oficialmente Autorizados, Mínimo Dos (2) Veces En Días Distintos Y En Horario De Amplia Sintonía

Decreto 1732 de 1997 · por el cual se reglamenta el título IX de la Ley 201 de 1995 y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 19. Divulgación La convocatoria se divulgará a través de la Sección de Selección y Carrera, mediante aviso que se fijará en cartelera especial en lugar visible de acceso a la entidad, y a nivel territorial en las Procuradurías regionales, departamentales, distritales, metropolitanas o provinciales, donde se realice el concurso, con minio ocho (8) días de anticipación a la fecha de iniciación de la inscripción de aspirantes; además, se utilizarán uno o varios de los siguientes medios

a)

Prensa de amplia circulación nacional o regional, a través de dos (2) avisos publicados en días diferentes;

b)

Radio, en emisoras oficialmente autorizadas con cubrimiento nacional o regional, al menos dos (2) veces diarias en horas hábiles de mayor sintonía, durante tres (3) días;

c)

Televisión, a través de canales oficialmente autorizados, mínimo dos (2) veces en días distintos y en horario de amplia sintonía.

Parágrafo

El aviso de la convocatoria deberá contener la información mínima indispensable para su identificación, la cual será determinada por la Comisión de la Carrera Administrativa. La información adicional necesaria, podrá ser consultada en las dependencias de la Procuraduría General de la Nación, según lo determine la misma Comisión de la Carrera.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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