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Artículo 2

Es Obligación De Todos Los Gobernadores, Alcaldes, Gerentes De Empresas, Ingenieros Jefes, Administradores O Constructores, A Cuyo Cargo Se Encuentre La Obra, Dar Cumplimiento Al Presente Decreto

Decreto 3042 de 1956 · Por el cual se dicta una disposicion relativa a las obras publicas.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Es obligación de todos los Gobernadores, Alcaldes, Gerentes de empresas, Ingenieros Jefes, Administradores o constructores, a cuyo cargo se encuentre la obra, dar cumplimiento al presente Decreto. Los escudos serán vendidos por el Ministerio de Obras Públicas a precio de costo. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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