Créase el Consejo Nacional de Aeronáutica, integrado por los Ministros de Relaciones Exteriores, Guerra y Correos y Telégrafos por el Director General de la Fuerza Aérea y por un representante de las compañías Colombianas de transportes Aéreos, elegido conforme a normas que dictará el Gobierno. Cada uno de los Ministros podrá designar un suplente permanente de la categoría y conocimiento que requiera esta entidad.
Decreto 969 de 1947 →Vigente
Artículo 17
Créase El Consejo Nacional De Aeronáutica, Integrado Por Los Ministros De Relaciones Exteriores, Guerra Y Correos Y Telégrafos Por El Director General De La Fuerza Aérea Y Por Un Representante De Las Compañías Colombianas De Transportes Aéreos, Elegido Conforme A Normas Que Dictará El Gobierno
Decreto 969 de 1947 · por el cual se crea y organiza la Dirección General de Aeronáutica Civil y se reglamentan sus funciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.