Micelio

Artículo 1

Ley 32 de 1924 · Por la cual se provee a la conservación y embellecimiento de los monumentos históricos de Cartagena

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Autorícese a la Sociedad de Mejoras Publicas de la ciudad de Cartagena, para velar por la conservación de los monumentos históricos existentes en aquella ciudad, en la forma en que lo determine el Gobierno Nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 32 de 1924